martes, 7 de junio de 2011

Origen de la Instruccion Pre-militar
Digamos que desde hace muchos años en algunos estados e instituciones de estos, ya se ha estado cursando esta materia, tanto en la teoría como en la práctica.
Su estudio es una necesidad de conocimientos y de formación de actitudes y comportamientos. Además, su estudio esta exigido en muchos documentos importantes de la vida civil y política de Venezuela.
El Gobierno Nacional ha estado siempre interesado en la defensa del país y e el esfuerzo por conservar la integridad territorial; por esta razón, desde el año 1981, a través de una Resolución conjunta entre el Ministerio de Educación y el  Ministerio de la Defensa, se decidió implantar el  ensayado de  la  instrucción  Pre-militar en varios estados, como prueba (Distrito  Federal,  Táchira,  Zulia, Monagas, Bolívar y Amazonas).          Fueron escogidos estos estados por su cercanía con las fronteras. 

  

Evolución de la Instrucción Pre-militar
Esta materia o práctica ha evolucionado a mediada de que pasan los años, desde su origen como materia civil, gracias a los primeros estados que desempeñaron e impusieron esta asignatura, se han aumentado los lugares donde se aplica o estudia esta misma, por ejemplo:
En el año escolar siguiente, después de haberse implantado la ley de añadir en los programas estudiantiles la materia instrucción Pre-militar (1982-1983) se alargo esta experiencia a otros estados: Falcón, Lara, Apure, Carabobo, Yaracuy, Nueva Espanta, Delta Amacuro, Miranda y Trujillo.
Un tercer grupo de estados, se añaden para esta experiencia, en el año escolar 1984-1985: Anzoátegui, Cojedes, Portuguesa, Aragua, Barinas, Mérida, Sucre y Guarico.


Bases legales de la Instrucción Pre-militar

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), Art. 130 y 132.
  • Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, Art. 1, 2 y 3.
  • Ley Orgánica de Educación, Art. 3 y 33.
  • ley de Conscripción y Alistamiento Militar, Art. 70 al 73.
  • Reglamento de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, Art. 159 al 165.
  • Resolución Conjunta del Ministerio de la Defensa Nº. 1.088 y del Ministerio de Educación Nº 62, del 28 de Marzo de 1980.
  • Resolución Conjunta del Ministerio de la Defensa Nº. 1.213 y del Ministerio de Educación Nº 122, del 20 de Abril de 1999.
  • Resolución Conjunta del Ministerio de la Defensa Nº. DG-1.856 y del Ministerio de Educación Nº 134, de Junio de 1999.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (artículos)

Articulo Nº 102: la educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento desconocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad.
Articulo Nº 103: toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones.
Articulo Nº 130: “los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, l autodeterminación y los intereses de la Nación.

Ley Orgánica de Educación

Articulo Nº 3: la educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrolló de la personalidad y el logro d un hombre son, culto, critico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, basada en la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo; capaz de participara activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; consustanciados con los valores de la Identidad Nacional y con la comprensión, tolerancia, la convivencia y las actitudes q favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana.
La educación fomentara el desarrollo de una conciencia ciudadana para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, calidad de vida y del uso racional del los recursos naturales; y contribuirá a la formación y capacitación de los equipos humanos necesarios para el desarrollo y la promoción de los esfuerzos creadores del pueblo venezolano hacia el logro de su desarrollo integral, autónomo e independiente.
Articulo Nº 23: la educación media diversificada y profesional tendrá una duración no menor de dos años. Su objetivos es continuar el proceso formativo del alumno iniciado en los niveles precedentes, ampliar el desarrollo integral del educando y su formación cultural; ofrecerle oportunidades para que defina su campo de estudio y de trabajo, brindarle una capacitación científica, humanística y técnica que permita incorporarse al trabajo productivo y orientarlo para su prosecución de estudios en el nivel de educación superior.



Ley de Circunscripción y Aislamiento Militar

Articulo Nº 70: la Instrucción Pre-militar tiene por objeto proporcionar al joven estudiante los conocimientos militares necesarios que contribuyan a su formación y capacitación integral.

Articulo Nº 71: la Instrucción Pre-militar a que se refiere el artículo anterior es obligatoria para los alumnos de los últimos años de educación secundaria o su equivalente de los planteles educacionales, ya sean estos oficiales o privados.

Articulo Nº 72: a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el presenta titulo los Ministros de la Defensa y Educación, Cultura y Deporte, coordinaran la elaboración y ejecución de los programas correspondientes

Articulo Nº 73: la Instrucción Pre-militar no exime del cumplimiento de la obligación de prestación del servicio militar ni de la asistencia a la construcción prevista en la presente ley y su reglamento.


Reglamento de la Ley de Circunscripción y Aislamiento Militar

Articulo Nº 159: la Instrucción Pre-militar tiene por objeto proporcionar al estudiante los conocimientos de carácter general que contribuyan a su formación integral que abarque los aspectos de la defensa nacional, así como el desarrollo de su aptitud física, moral e intelectual.
Articulo Nº 160: la Instrucción Pre-militar es obligatoria durante los dos últimos años de Educación Secundaria o su equivalente. El programa de Instrucción Pre-militar deberá ser incluido en los programas oficiales de enseñanza.
Articulo Nº 161: los Ministerios de la Defensa y Educación, Cultura y Deportes coordinarán la elaboración y ejecución de los programas para el cumplimiento de la Instrucción Pre-militar los cuales deberán contener los objetivos a ser alcanzados a las actividades a desarrollar, así como la oportunidad en que estas habrán de reliarse.
Articulo Nº 162: corresponde al Misterio de la Defensa nombrar a los Instructores Militar4s, proporcionar el material de guerra necesario y supervisar los resultaos de la Instrucción Pee-militar través de los respectivos comandos de guarnición.
Articulo Nº 163: es requisito para aprobar el programa de Instrucción Pre-militar el haber tenido un mínimo de un 75% de asistencia en dicha instrucción durante el año respectivo y haber rendido satisfactoriamente las pruebas teóricas y practicas con una calificación de 10 o más puntos. 

Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.

Articulo Nº 1: todo venezolano esta en el deber de defender la Patria y de cooperar al sostenimiento de ella en su vida moral, económica y material.
Articulo Nº 2: la obligación a que se refiere el articulo anterior consiste, en tiempo d paz, en prestar el servicio de las armas o someterse a la Instrucción militar, conforme a las leyes especiales correspondientes y, en tiempo de guerra, en alistarse bajo banderas hasta la edad legal y contribuir con su sangre y sus bienes a la defensa nacional en forma que determine las leyes.

EL ORDEN CERRADO

Consiste en la ejecución ordenada, precisa y simultánea de movimientos tendientes a crear destreza, coordinación, acostumbrar al soldado a responder al impulso del Comando y promover el espíritu de trabajo en equipo.
Tanto para el recluta como para el que no ha llegado a comprender la necesidad de la instrucción, ésta resulta fastidiosa y desprovista de importancia; es necesario entonces hacer comprender al soldado, que el Orden Cerrado juega un papel preponderante en su formación básica, al crear y desarrollar. hábitos como el de la disciplina, el respeto, la obediencia y la subordinación, así como también la moral y espíritu de Cuerpo; de allí que el instructor debe ‘motivar a sus hombres, para hacerles entender que, aun los detalles aparentemente insignificantes, como unir los dedos al saludar, pegar las manos en la posición de firme, no levantar la pierna exageradamente al efectuar un giro, etc., son la base de la precisión y marcialidad y al mismo tiempo la clave de la disciplina, y que la no observancia de dichos detalles, influye negativamente en la formación del soldado y acarrea, como consecuencia, el resabio y la desmoralización.
Debe recordarse siempre que el Orden Cerrado no constituye un fin, sino un medio para lograr un fin.
En situaciones de emergencia, tales como perturbaciones del orden público, la ejecución rápida de los movimientos puede no ajustarse al orden y precisión dé los mismos, ya que el objetivo en estos casos es su pronta ejecución, sin embargo, esto no debe, servir como justificación para permitir el resabio, y desvirtuar el fin que se persigue con la instrucción de Orden Cerrado.



Objeto

El objeto del Orden Cerrado es:
a. Permitir al Comandante el desplazamiento. De su Unidad de un lugar a otro, o de una formación a otra, de manera ordenada.
b. Proporcionar formaciones simples, a partir de las cuales se puedan tomar rápidamente disposiciones para el combate.
c. Ayudar al robustecimiento de la disciplina, incluyendo hábitos de precisión y obediencia a las órdenes del Comando.
d. Incrementar la moral de las tropas, desarrollando el espíritu de cohesión y prepararlas para lograr una brillante presentación ante el público, en actos tales como: honores, revistas, paradas, desfiles, etc. 



Definicion de Todos los Cuerpos

La Armada:
Es el segundo componente de la Fuerza Armada Nacional, tal como lo señala la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional en su artículo 9, y como todos los demás componentes tiene una función imprescindible dentro de la protección y resguardo de la soberanía nacional. El surgimiento de la Armada se remonta al año 1811. A raíz del movimiento independentista se da inicio a la creación de una Escuadra Republicana en defensa de los ideales separatistas. Entre los años 1811 y 1813, esta Escuadra estuvo conformada por cañoneros y embarcaciones pequeñas las cuales eran adaptadas a las circunstancias de naves de guerra.

LEY DE CONSCRIPCIÓN Y ALISTAMIENTO MILITAR LA AVIACIÓN Ó FUERZAS AÉREAS Y LA GUARDIA NACIONAL Ó FUERZAS ARMADAS DE COOPERACIÓN

La Aviación
La Aviación o Fuerza Aérea tiene sus inicios en la década de los años 20, específicamente el 10 de diciembre de 1920, cuando en el mundo se vivía un periodo de paz después de finalizada la I Guerra Mundial. Ese 10 de diciembre un grupo de 15 personas destacadas en el ámbito nacional, entre las que se encuentran el Coronel David López Enríquez y con la asesoría de la firma francesa Farman se instala la Escuela de Aviación Militar de Venezuela.


Como un componente de la Fuerza Armada Nacional Venezolana, y como una institución profesional, cuenta con Escuelas que contribuyen con la tecnificación y desarrollo académico de los miembros de este componente, dichas escuelas son:
• Escuela Superior de Guerra Aérea.
• Escuela de Aviación Militar.
• Escuela Técnica.
• Liceo Militar Libertador.
• Escuela de Tropas Aeronáuticas


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La Reserva Nacional

Adquiere mucha más relevancia a partir de la reforma a La Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional, puesto que la misma ya existía desde la promulgación de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar del año 1979. La innovación de la Reserva radica en el hecho de que la misma adquiere un rango superior y una importancia y participación relevante dentro del país, así como una participación más directa junto con la Fuerza Armada Nacional en la seguridad y defensa nacionales.



Movimiento de Pie Firme
Definido como:
Son el conjunto de posiciones o movimientos ejecutados por los integrantes de la institución militar, y que tienen por objeto el desarrollo o continuación de las órdenes dadas por el comandante o quien dirige el grupo, así como la ejecución de ciertas conductas de respeto y cortesía desplegada hacia los miembros de la institución.
Los Movimientos a Pie son los siguientes:
• Posición fundamental: se desarrolla desde la posición a discreción, y cuando se da con la expresión de la voz: Atención...firr, en ese momento el sujeto ejecuta los siguientes movimientos para configurar esta posición:
Se cuadra con rapidez.
Levanta ligeramente el talón del pie izquierdo, e inmediatamente lo junta con el pie derecho, y simultáneamente junta las manos mientras permanece inmóvil y callado. Para que el movimiento se de correctamente se debe:
Tener los talones alineados y juntos.
Las puntas de los pies igualmente vueltas hacia fuera formando un ángulo de 45 grados.
Las piernas tensas y el cuerpo erguido e inclinado ligeramente hacia delante.
El peso repartido sobre ambos pies.
El pecho hacia fuera con naturalidad.
El abdomen recogido.
Los hombros a la misma altura y hacia atrás.
La barbilla recogida.
La cabeza levantada.
La mirada fija al frente.
Los brazos a ambos lados del cuerpo, ligeramente arqueados y hacia delante.
La palma de la mano hacia adentro y apoyada en los muslos con los dedos extendidos juntos, quedando los dedos medios sobre la costura lateral del pantalón.
La razón de ser de esta posición fundamental es la atención, y el sujeto debe permanecer alerta para reaccionar ante la voz de mando siguiente. Esta posición debe ser ejecutada de forma obligatoria, antes de iniciar cualquier otro movimiento del orden cerrado, y el individuo para considerar que ha realizado la posición de forma correcta debe estar en silencio y sin realizar ningún movimiento.

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Definicion de Columna, Fila , Distancia
  • Columna.
Es una formación constituida por una sucesión de hileras o Unidades, colocadas una detrás de otra.
  • Fila.
Es una sucesión de individuos colocados y alineados uno al costado del otro y con el mismo frente.
  • Distancia.
Es el espacio que separa dos (2) elementos colocados uno detrás de otro. La distancia entre hombres a pie, se mide desde la espalda del de adelante hasta el pecho del que lo cubre; entre animales, de la grupa del animal de adelante a la cabeza del de atrás; entre vehículos, desde 1a parte trasera del que está delante, hasta la parte delantera del que está detrás, o hasta la cabeza del animal que tira de él; en ‘caso del vehículos con remolque, desde la parte trasera del remolque ó vehículo que está delante, hasta la parte,, delantera del vehículo de atrás; entre tropas formadas, desde la última fila de la Unidad de adelante, hasta la primera fila de la Unidad que está detrás, bien sea de individuos, animales o vehículos.